Un tribunal federal reconoció por primera vez en el país la relación directa entre la vacuna Sputnik V y el fallecimiento de una joven de 24 años en Córdoba. La decisión de la Sala A de la Cámara Federal cordobesa obliga al Estado nacional a avanzar con la indemnización prevista por ley y constituye un precedente sin antecedentes en la justicia argentina.
Melín Agustina Sartori murió el 29 de julio de 2021 en la ciudad de Córdoba. Había recibido la primera dosis de la Sputnik V el 15 de ese mes. Su madre, Virginia Ruiz, médica, describió que Melín era una joven sana que estudiaba historia y trabajaba en centros de ayuda social. Se vacunó, según contó Ruiz, para no representar un riesgo para las personas a las que asistía. A los pocos días comenzó con dolores abdominales y, el 24 de julio, con vómitos y un cuadro neurológico grave que derivó en su internación y posterior muerte por trombocitopenia, una caída severa de plaquetas en sangre.
La sentencia sostiene que la evidencia científica y médica incorporada por la madre al expediente satisface holgadamente el umbral de preponderancia de la evidencia exigido por la normativa vigente para acreditar el vínculo entre la vacunación y el daño sufrido.
El camino judicial no fue sencillo. Inicialmente, la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (Conaseva) catalogó el caso como un evento con relación temporal pero sin evidencia definitiva de causalidad, lo que llevó a la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a rechazar el reclamo administrativo de la familia. Sin embargo, en 2024 la propia Conaseva reevaluó el caso y concluyó que existía evidencia de causalidad con la vacuna, reclasificando el evento como relacionado. Esa revisión fue considerada «central» por el tribunal.
Entre la evidencia médica clave figura la detección de anticuerpos compatibles con el síndrome de trombosis con trombocitopenia inducido por vacuna (VITT). La especialista en farmacovigilancia Raquel Herrera Comoglio señaló que la paciente falleció a consecuencia del VITT.
El fallo también cuestionó el criterio administrativo inicial, al señalar que la ley no exige certeza absoluta sino apenas la preponderancia de la evidencia. El Fondo de Reparación Covid-19 creado por la ley 27.573 prevé compensaciones equivalentes a 240 jubilaciones mínimas en casos de incapacidad total o fallecimiento. El Estado tiene 30 días para completar ese procedimiento.







