La Justicia impuso 4 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación para conducir al responsable de un siniestro ocurrido en 9 de Julio que dejó dos muertos y una mujer con graves secuelas. Es la pena efectiva más alta dictada en el sistema acusatorio provincial para un homicidio culposo agravado en un hecho de tránsito.
La Unidad Fiscal de Delitos Especiales obtuvo una condena de 4 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación especial para conducir vehículos contra Marcos Gabriel Pereyra, hallado responsable de un siniestro vial ocurrido en enero de 2025 en el departamento 9 de Julio que provocó la muerte de Juan Alberto Torres Figueroa y Mirco Aballay Allende, además de graves lesiones a Vanesa Ahumada.
La sentencia fue dictada por el juez Sergio López Martí tras la realización del juicio oral. Además de la condena, el magistrado ordenó la prisión preventiva inmediata del acusado hasta que la resolución quede firme. Los fundamentos completos del fallo se conocerán el próximo 30 de junio.
Según logró acreditar la Fiscalía durante el debate, Pereyra conducía bajo los efectos de sustancias estupefacientes al momento del hecho. Los estudios toxicológicos incorporados a la causa detectaron la presencia de cocaína, marihuana y cocaetileno, una sustancia que se genera por el consumo combinado de cocaína y alcohol.
Los fiscales también demostraron que la conducta del imputado encuadraba dentro de los supuestos de culpa temeraria, uno de los agravantes previstos por la legislación penal para los delitos viales más graves.
La investigación estuvo a cargo de la Unidad Fiscal de Delitos Especiales, integrada por el fiscal coordinador Iván Grassi y los fiscales Sebastián Gómez, Agostina Pérez y Adrián Elizondo, quienes reunieron pruebas periciales, testimoniales y técnicas para reconstruir la mecánica del siniestro y determinar las responsabilidades penales.
Durante los alegatos finales, el Ministerio Público había solicitado una pena de 5 años de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir, argumentando la concurrencia simultánea de tres agravantes de máxima relevancia: la conducción bajo efectos de estupefacientes, la culpa temeraria y la existencia de más de una víctima fatal.
La resolución judicial adquiere especial relevancia porque constituye, hasta el momento, la condena efectiva más alta impuesta dentro del Sistema Procesal Penal Acusatorio Adversarial de San Juan para un caso de homicidio culposo agravado derivado de un siniestro vial.
El fallo se enmarca en lo establecido por los artículos 84 bis y 94 bis del Código Penal, que contemplan penas agravadas cuando la conducción imprudente provoca muertes o lesiones graves y concurren circunstancias especialmente peligrosas para la seguridad vial.
La sentencia marca un antecedente relevante para la Justicia sanjuanina y refuerza el criterio de aplicar sanciones más severas en los casos donde se acreditan conductas temerarias al volante, especialmente cuando derivan en consecuencias irreparables para las víctimas y sus familias.





