Casación anuló la condena a prisión perpetua contra el exfiscal federal sanjuanino y ordenó dictar un nuevo fallo. La recalificación del delito abre la puerta a una pena menor.
La Cámara Federal de Casación Penal anuló la condena a prisión perpetua dictada en 2023 contra el exfiscal federal sanjuanino Juan Carlos Yannello y ordenó al Tribunal Oral Federal de San Juan que emita una nueva sentencia bajo una calificación penal distinta. La decisión, adoptada por mayoría, modifica sustancialmente su situación procesal y habilita la posibilidad de una pena considerablemente menor.
La Sala III de Casación, integrada por los jueces Juan Carlos Gemignani, Carlos Alberto Mahiques y Mariano Borinsky, resolvió el 26 de febrero hacer lugar parcialmente al recurso presentado por la defensa. Con los votos de Gemignani y Mahiques, el tribunal anuló la condena a perpetua y redefinió el encuadre legal de los hechos atribuidos.
En 2023, el Tribunal Oral Federal de San Juan había considerado a Yannello coautor funcional de 13 homicidios agravados y 50 casos de tormentos cometidos durante la última dictadura militar, y lo había condenado a prisión perpetua en el marco de un juicio por delitos de lesa humanidad.
La mayoría de Casación sostuvo que su conducta no puede encuadrarse como coautoría de homicidios y torturas, sino como autor del delito de omisión de promover la persecución penal, previsto en el artículo 274 del Código Penal. Esta figura contempla una escala penal significativamente menor a la perpetua.
En consecuencia, el expediente regresará al Tribunal Oral Federal para que se dicte una nueva sentencia ajustada a esa tipificación y se determine el monto de la pena.
Según el voto mayoritario, si bien el desempeño de Yannello como secretario y luego fiscal federal durante el régimen militar facilitó la impunidad al no investigar denuncias por secuestros y tormentos, esa omisión no permite atribuirle responsabilidad directa en los homicidios.
El fallo, no obstante, dejó asentada la gravedad de los hechos acreditados durante el juicio oral. Entre las pruebas valoradas se mencionó el testimonio de Carlos Ricardo Domínguez, quien declaró haber sido llevado ante el entonces funcionario judicial luego de sufrir la amputación de un dedo bajo tortura, con signos visibles de violencia. De acuerdo con su relato, Yannello no impulsó una investigación y formuló preguntas vinculadas a una presunta tenencia de armas.
El juez Mariano Borinsky votó en disidencia. En su postura, consideró que la magnitud y reiteración de las denuncias que pasaron por manos del exfiscal tornan irrazonable sostener que desconocía el contexto represivo. A su criterio, la omisión sistemática de investigar constituyó un engranaje central que permitió la continuidad de los crímenes, por lo que correspondía mantener la condena original.
La impugnación ante Casación había sido impulsada inicialmente por la abogada Sandra Leveque, quien luego dejó la defensa particular al asumir como defensora oficial. Tras su apartamiento, la representación quedó a cargo del hijo del condenado.
La resolución de la Sala III no implica la absolución de Yannello, sino la revisión de la calificación legal y de la pena aplicable. El nuevo pronunciamiento del Tribunal Oral deberá ajustarse a los lineamientos fijados por Casación y determinar la sanción dentro de la escala prevista para el delito de omisión de persecución penal.
El caso se inscribe en el proceso de juzgamiento de crímenes cometidos durante la última dictadura, que en San Juan incluyó investigaciones sobre secuestros, torturas y homicidios perpetrados en el ámbito del aparato represivo estatal. En ese contexto, el rol de funcionarios judiciales ha sido objeto de debate respecto de su responsabilidad en la falta de investigación de denuncias.
Tras el fallo, las partes realizaron la reserva del caso federal, lo que abre la posibilidad de que la controversia sea sometida a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De avanzar esa instancia, el máximo tribunal deberá pronunciarse sobre el alcance de la responsabilidad penal de funcionarios judiciales en crímenes de lesa humanidad cometidos bajo el régimen militar.





