Otra vez una jueza le puso un freno a la ley que bajó la edad de punibilidad a los 14 años. Esta vez fue en la Ciudad de Buenos Aires, donde Laura de Marinis, del fuero penal juvenil, declaró inconstitucional el artículo central de la norma y sobreseyó a un adolescente de esa edad que había participado, junto a otros chicos, de un intento de robo.
El argumento de la magistrada no apunta tanto al hecho en sí como a quién debería hacerse cargo de él. En su resolución, a la que accedió La Nación, sostuvo que castigar a los adolescentes por las carencias que el mundo adulto no supo resolver en su primera infancia equivale a desligarse de una responsabilidad compartida. No se trata, aclaró, de justificar el delito juvenil, sino de recordar que el sistema penal debería ser el último recurso disponible —y no, como ocurre en algunas trayectorias de vida, el primero.
El fallo no es un hecho aislado. Es el segundo revés judicial que enfrenta la ley desde que entró en vigencia, después de que la jueza de Lomas de Zamora Marta Pascual suspendiera su aplicación en la provincia de Buenos Aires. Aquella decisión no sobrevivió mucho: la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro la revocó pocos días después.
Lo que distingue al caso de De Marinis es cómo corre el eje del debate. No discute si el chico cometió o no el intento de robo, sino si el Estado tiene autoridad moral para juzgarlo cuando fue el mismo Estado el que no le garantizó, antes, un entorno capaz de contenerlo. Es una objeción que no ataca la ley por lo que castiga, sino por lo que da por sentado: que la responsabilidad de un adolescente puede evaluarse aislada del contexto que lo formó.




